Considerando:
- Que es necesario mantener un ambiente de orden en este blog durante la discusión de los temas tratados en el mismo;
- Que soy el único y legítimo propietario de Sabiduría Herética, mi sitio web;
- Que la libertad de expresión es un derecho inalienable, el cual también conlleva responsabilidades inherentes al individuo que la ejerce;
- Que el ejercicio irracional y desmedido de ese derecho conduce al libertinaje y por consiguiente a la anarquía;
- Que las leyes, tanto en el mundo real como en el digital, son iguales para todos, ya premie, ya castigue;
Fundándome en dichas consideraciones, y en virtud de mis atribuciones como administrador de este blog, vengo a decretar y decreto lo siguiente:
Artículo 1. Los comentarios de los usuarios aparecerán siempre y cuando:
- Estén redactados de manera clara, cuidando de tener una buena puntuación que permita la facilidad de leerlos, evitando en lo posible la escritura tipo chat.
- Tengan relación directa con el tema tratado en la entrada, es decir, si van al punto, sin meter detalles o explicaciones que no vengan al caso.
- Aporten información valiosa tanto para las entradas de este blog como para las conversaciones de los comentarios.
- Reporten enlaces caídos; en otras palabras, links rotos.
Artículo 2. Los comentarios de los usuarios no aparecerán si:
- Contienen SPAM, mensajes proselitistas de cualquier tipo (especialmente religioso), amén de anuncios publicitarios o propaganda ideológica.
- Difunden mensajes de odio, intolerancia y discriminación de cualquier índole.
- Son ininteligibles, debido a su mala redacción y ortografía.
- Insultan, amenazan, amedrentan, acosan, intimidan, hacen falsas acusaciones o buscan provocar tanto a otros comentaristas como a mí.
- Irrespetan la netiqueta.
- Divulgan información privada e íntima de los interlocutores tales como datos personales, perfiles en redes sociales, direcciones, números de teléfono, entre otros.
- Intentan molestar, crear controversias injustificadamente o llamar la atención de los demás o la mía.
- Se desvían o no abordan en lo más mínimo el tema expuesto en la entrada donde se ha escrito. Por ejemplo, si el artículo del blog es sobre los dinosaurios, el comentario deberá ceñirse a los dinosaurios. No se permitirán off topics.
- Sus autores no se han leído o se han negado a leer completamente la entrada.
- Intentan obligarme a responderlos o aprobarlos de una vez, so pena de llamarme “cobarde”, “censurador” o que no tengo argumentos.
Artículo 3. Ningún comentario se publicará sin haber pasado antes por el filtro de moderación. Primero, se verificará que el comentario y su autor cumplen con las normas de este sitio web; si lo hacen, contestaré mientras me lo permita mi apretada agenda (tengo muchas cosas que hacer en la vida real), así que pido un poco de paciencia.
Artículo 4. Los comentarios que incumplan los estatutos de este decreto serán, en el mejor de los casos, rechazados; en el peor, serán eliminados permanentemente y sus autores serán bloqueados en la lista negra. Algunos de los que lleguen a publicarse serán respondidos con el trato y lenguaje que merezcan los infractores.
Artículo 5. Al dejar un comentario en este blog, el autor del mismo aceptará de facto que se ajustará a los lineamientos decretados en este espacio digital. Cualquier rechazo a cumplirlos se tomará por infracción y se tratará como tal, es decir, como un comentario no publicable.
Artículo 6. Los usuarios serán los únicos y exclusivos responsables de sus comentarios emitidos, del igual modo en que yo me haré responsable por lo que diga.
Artículo 7. La identidad de los usuarios que comenten en este blog podrá valerse de sus nombres reales o de los nicknames (sobrenombres, alias) que prefieran. No se permitirá que su perfil aparezca como un simple “Anónimo”, puesto que dificulta saber a quién se está dirigiendo la respuesta.
Artículo 8. Quedan prohibidos los comentarios de aquellas personas registradas con emails falsos y direcciones IP enmascaradas. Este procedimiento de camuflaje digital, aunque es válidamente utilizado por periodistas y auténticos activistas que deben protegerse de sus perseguidores, también es empleado sin escrúpulos por (ciber)criminales y trolls que ocultan su verdadera cara con el objetivo de atacar en completa impunidad. Aquellos que incurran en el delito de suplantación de identidad serán eliminados, bloqueados y denunciados a las autoridades competentes, si procede.
Artículo 9. Los lectores que quieran comunicarse directamente conmigo, y no mediante la caja de comentarios, deberán dirigirse al formulario de contacto. Cualquier email recibido en mi bandeja de entrada que viole la presente normativa será suprimido.
Artículo 10. Se aceptarán correcciones de todo tipo y sugerencias en las entradas, aunque generalmente me encargo yo mismo de revisar periódicamente mis textos. Al respecto se recomienda encarecidamente a los lectores que provean información procedente de fuentes acreditadas, las cuales leeré y contrastaré en cuanto tenga la oportunidad de hacerlo.
Artículo 11. Tanto las entradas como las páginas de este blog estarán sujetas a modificaciones, actualizaciones y mudanzas de opinión que podrán realizarse ante las evidencias, los razonamientos o los hechos corroborables que así los permitan. Los que citen contenido de este blog deberán tomar en cuenta estos cambios, los cuales efectuaré sin previo aviso.
Artículo 12. Las reformas a este decreto quedarán sujetas a los parámetros establecidos en el parágrafo anterior. Cualquier adición o sustracción en su estructura y articulado estará bajo mi completa jurisdicción.
Dado en Venezuela, el 26 de agosto del 2017.
Ylmer Aranda